Orden de 30 de octubre de 1996 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Rango:

«BOE» núm. 270, de 8 de noviembre de 1996, páginas 34033 a 34045 (13 págs.)

Referencia: BOE-A-1996-24667

Al amparo de lo previsto en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, que prórroga la disposición transitoria quinta de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, el Consejo de Ministros aprobó la oferta de empleo público para 1996 por el Real Decreto 159/1996, de 2 de febrero, en la que se autoriza la convocatoria de 20 plazas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

En cumplimiento de dicho Real Decreto, y con el fin de atender las necesidades de personal del sistema de Inspección de Trabajo, este Ministerio, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 5 de septiembre), y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, ha resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 20 plazas por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna asciende a 10 plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre asciende a 10 plazas.

1.1.3 Siguiendo lo dispuesto en el artículo 10.2 del Real Decreto 159/1996, de 2 de febrero, del total de plazas ofertadas se reservará un 3 por 100 para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública 30/1984, de 2 de agosto. Este cupo de reserva asciende a una plaza y se aplicará al sistema general de acceso libre.

1.1.4 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna y al cupo de reserva de discapacitados se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

En consecuencia, la fase de oposición del sistema de promoción interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general de acceso libre.

1.1.5 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes, quedando excluidos de la posibilidad prevista en el número 2 de dicho artículo.

1.1.6 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de ingreso citados.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio; la Ley 22/1993, de 29 de diciembre; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 10 de abril); y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra fase consistente en un curso selectivo, con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.1.5 de esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir del 1 de diciembre de 1996, y la duración máxima de esta fase será de doce meses contados a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria.

1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso selectivo que se determina en el anexo I.

Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados los cuatro ejercicios de la fase de oposición con al menos el 55 por 100 de la puntuación total global quedarán exentos de la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

1.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.1.6 También podrán participar los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos internacionales, posean la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 23), considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales, se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes del turno libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B, tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1) y reunir los demás requisitos exigidos en esta convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en los Gobiernos Civiles, así como en el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública y en el Instituto Nacional de Administración Pública. A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad. En el punto 1 de la instancia referente al cuerpo o escala deberá consignarse el código 1502.

Para concurrir a la realización del quinto ejercicio de mérito, suplementario sobre idiomas, deberá indicarse expresamente en alguno de los apartados A, B o C del recuadro 25 de la solicitud.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1 «ejemplar a presentar por el interesado» del modelo de solicitud) se hará en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, calle Agustín de Bethancourt, número 4 de Madrid, o en la forma establecida en el apartado 4.º del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, como señala el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 7 de la misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número 9, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Estos requisitos también deberán ser cumplimentados, en su caso, por los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, a que se refiere la base 1.1.3. Estos aspirantes tendrán que declarar expresamente en las solicitudes que poseen la condición de discapacidad arriba indicada.

3.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas, y se ingresarán en la cuenta corriente número 30-51502-L, del Banco Exterior de España. El ingreso podrá hacerse en cualquier oficina del Grupo Banco Exterior o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria, sin perjuicio del importe que, en su caso, determine la entidad bancaria por gastos de tramitación.

Junto a la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del pago de los derechos. En el supuesto de que el ingreso se haya realizado en una oficina del Banco Exterior deberá figurar en la solicitud el sello de esa entidad que justifique el referido pago. La falta de una justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago de los derechos supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.6 Las certificaciones de homologación de los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos internacionales habrán de presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 23), acompañándolas a la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter excepcional, al Tribunal con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al cual se produjeron. En caso de duda, habrá de dirigirse el Tribunal a la Comisión Permanente de Homologación.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar en todo caso los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte, recurso contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. El Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares y suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, según lo dispuesto en el artículo 26.1 de la citada Ley.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que los demás participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del Departamento.

Si en la realización de los ejercicios se suscitaran dudas al Tribunal respecto de la capacidad funcional de un aspirante, para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del Cuerpo, podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes del Departamento o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

En este caso, hasta que se emita el dictamen, el aspirante podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso hasta la recepción del dictamen.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa autorización por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, calle Agustín de Bethancourt, 4, planta 2, 28003 Madrid, teléfono (91) 553 76 00 y 553 60 00.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, de conformidad con lo establecido en Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de marzo), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 21 de febrero de 1996.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal, con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente con doce horas, al menos, de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros que estime oportuno, las relaciones independientes de aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de ambas listas de aprobados al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, especificando igualmente el número de aprobados en cada uno de los ejercicios. Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

8. Presentación de documentos y nombramiento

de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados en el «Boletín Oficial del Estado», los opositores aprobados deberán presentar en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, calle Agustín de Bethancourt, 4, 28003 Madrid, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria.

c) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, deberán acreditar tal condición, si obtuvieren plaza, mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y en su caso de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo deberán optar sobre la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse una vez finalizado el proceso selectivo, previa oferta de los mismos. Los funcionarios de organismos internacionales que superen las pruebas participarán en la elección de destino junto a los restantes aprobados del turno libre. La adjudicación de las plazas se efectuará por riguroso orden de puntuación.

8.5 Por resolución del Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, se procederá al nombramiento como funcionarios en prácticas, determinándose en dicha resolución la fecha en que comenzará a surtir efecto el nombramiento.

Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, funcionarios de carrera mediante resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que se indicará el destino adjudicado.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

8.7 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Ministerio para las Administraciones Públicas, a través del INAP y en colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

Madrid, 30 de octubre de 1996.-P. D. (Orden de 21 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 27), el Subsecretario, Marino Díaz Guerra.

Ilmos. Sres. Director general de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

Uno. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases:

A) Oposición.

B) Curso selectivo de formación.

Dos. La fase de la oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, en un plazo máximo de cuatro horas, de dos temas sacados a la suerte. Uno de los temas corresponderá al grupo de materias de Derecho Constitucional. Comunidades Europeas; Teoría General del Derecho; Derecho Penal y Derecho Administrativo, el otro al de Derecho Civil; Derecho Mercantil; Derecho Tributario y Contabilidad Nacional y de Empresa. Productividad. Estadística y Economía, según temario que figura como anexo II. Primer ejercicio, de esta convocatoria.

Cada aspirante depositará el ejercicio en un sobre cerrado que entregará al Tribunal, el cual procederá a la apertura de los sobres, a la corrección de los ejercicios y a su calificación.

Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, durante un tiempo máximo de cuatro horas, a veinte preguntas propuestas por el Tribunal, relacionadas con las materias del programa, según temario que figura como anexo II. Segundo y tercer ejercicio de esta convocatoria.

Cada aspirante depositará el ejercicio en un sobre cerrado que entregará al Tribunal, el cual procederá a la apertura de los sobres, a la corrección de los ejercicios y a su calificación.

Tercer ejercicio: Consistirá en la exposición oral, en el término de una hora quince minutos, de seis temas sacados a la suerte de entre los siguientes grupos del temario que figura en el anexo II. Segundo y tercer ejercicio de esta convocatoria:

Dos temas, del 1 al 63.

Un tema, del 64 al 93.

Dos temas, del 94 al 147.

Un tema del 148 al 177.

Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Cuarto ejercicio: Constará de dos fases:

La primera consistirá en la realización por escrito, durante el plazo máximo de cuatro horas, de un supuesto de inspección relacionado con las materias del programa correspondientes a los ejercicios segundo y tercero.

Cada aspirante depositará el ejercicio en un sobre cerrado y suficientemente identificado que entregará al Tribunal para su apertura en la siguiente fase.

La segunda fase consistirá en la lectura por el aspirante en sesión pública ante el Tribunal del supuesto de inspección aludido, quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de quince minutos.

Quinto ejercicio: Como mérito suplementario podrá realizarse el examen voluntario de los siguientes idiomas: Inglés, francés y alemán. En cada uno de ellos las pruebas consistirán obligatoriamente:

a) Traducción escrita sin diccionario durante el plazo de una hora, de un texto escogido por el Tribunal.

b) Traducción escrita inversa, con diccionario, del que deberán proveerse los opositores por su cuenta, durante el plazo de una hora y treinta minutos, de un texto escogido por el Tribunal.

c) Explicación verbal, durante el plazo que superará los diez minutos, de un texto que haya presentado el Tribunal al opositor para su lectura.

Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser asistido por asesores especialistas designados por el mismo.

Tres. Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

1. Los cuatro ejercicios primeros serán eliminatorios, calificándose todos ellos entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para aprobar.

En el ejercicio oral y en el leído por los aspirantes la calificación será la media aritmética de las puntuaciones asignadas por cada miembro del Tribunal, teniendo en cuenta que no se computarán las dos notas extremas (mínima y máxima).

No obstante lo anterior, los aspirantes por promoción interna que no pertenezcan al Cuerpo de Controladores Laborales, serán calificados en el primer ejercicio como aptos o no aptos, siendo necesario obtener la calificación de «apto» para superarlo.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes, que ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales, se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar a tal calificación y renunciar a las pruebas de las que han sido eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes del turno libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

2. El ejercicio voluntario de idiomas se valorará como máximo con una puntuación de 1 punto por cada uno de ellos, siendo necesario, para que sea computable, obtener al menos 0,5 puntos por cada idioma de los que se opte.

3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el tercer ejercicio; caso de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, y así sucesivamente con el primero y cuarto ejercicio.

Cuatro. Los aspirantes a las plazas de promoción interna y que pertenezcan al Cuerpo de Controladores Laborales estarán exentos de realizar el primer ejercicio.

Cinco. El curso selectivo de formación, será organizado por la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica y práctica de los aspirantes para el mejor desempeño de la función inspectora. Se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde que finalice el previsto en la base 8.1 para la presentación de documentos y podrá tener una duración de hasta dos meses, ampliables, en su caso, en dos más.

Al finalizar el curso selectivo de formación, y en base al resultado de las evaluaciones parciales que durante el mismo puedan realizarse, y de la propuesta del Director responsable de dicho curso, los funcionarios en prácticas serán calificados en base a todo lo anterior como aptos o no aptos, por el Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, siendo necesario obtener la calificación de «apto» para superarlo.

ANEXO II

PROGRAMA

Primer ejercicio

Derecho Constitucional. Comunidades Europeas

Tema 1. Concepto de Constitución. Diversas concepciones de la Constitución. Contenido de la Constitución. La Constitución como norma jurídica. Supremacía de la Constitución.

Tema 2. La Constitución española de 1978 en el seno del constitucionalismo español. Antecedentes. Significado y caracteres de la Constitución española de 1978.

Tema 3. El Estado en la Constitución Española de 1978. Estado de Derecho. Estado social. Estado democrático y pluralista. Los valores superiores.

Tema 4. La organización de los poderes en la Constitución Española de 1978. Estudio especial de la Corona.

Tema 5. La estructura del Estado español. Las Cortes Generales: Composición, organización y funciones. Elaboración de las Leyes. Los Tratados Internacionales.

Tema 6. La estructura del Estado español. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

Tema 7. Estructura del Estado español. El Poder Judicial en la Constitución y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Tema 8. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución de 1978. Clasificación. Principios rectores de la política social y económica. Garantías y suspensión de derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.

Tema 9. El Tribunal Constitucional. Naturaleza y funciones. Composición y competencias. Procedimiento.

Tema 10. La organización territorial del Estado en la Constitución Española de 1978. La Administración Local.

Tema 11. El Estado de las Autonomías. Estatutos de Autonomía: Su naturaleza jurídica. Las vías de acceso a la autonomía. Los niveles competenciales establecidos en los artículos 148 y 149 de la Constitución. Las Leyes marco y de delegación o transferencia. Los principios de solidaridad, no discriminación e interdicción de privilegios en la Constitución.

Tema 12. La organización institucional de las Comunidades Autónomas. Los órganos de gobierno y la Administración autonómica. Las facultades y los órganos legislativos de las Comunidades Autónomas. La Administración de Justicia en las Comunidades Autónomas.

Tema 13. Conflictos constitucionales. Conflictos entre órganos constitucionales del Estado. Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas. Los procedimientos e instrumentos de control de las autonomías.

Tema 14. La Unión Europea: El proceso de creación. Los tratados constitutivos: Principios y líneas generales. Naturaleza jurídica de la Comunidad Europea. El proceso de adhesión de España a las Comunidades Europeas: Tratado y Acta de Adhesión. El Acta Única Europea. El Tratado de la Unión Europea.

Tema 15. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo. La Comisión. El Parlamento. El Comité Económico y Social. El Tribunal de Justicia. Composición y competencias.

Tema 16. Las fuentes del Derecho comunitario. El Derecho originario: El valor constitucional de los Tratados. El Derecho derivado: Los reglamentos y las directivas. Las decisiones, las recomendaciones y los dictámenes. La eficacia del Derecho comunitario en el ordenamiento jurídico estatal.

Teoría general del Derecho

Tema 17. El ordenamiento y las normas jurídicas. El Derecho objetivo. Las normas jurídicas: Concepto, naturaleza, estructura y elementos. Los diferentes tipos de normas jurídicas: Normas de Derecho público y de Derecho privado, normas de Derecho dispositivo y de Derecho imperativo o necesario, normas de Derecho normal y de Derecho especial, normas de Derecho general y de Derecho particular.

Tema 18. Las fuentes del Derecho. Las fuentes del Derecho en el ordenamiento jurídico español. La Constitución. La Ley: sus clases. Disposiciones del Poder Ejecutivo con valor de Ley ordinaria. Los Decretos Leyes y la legislación delegada.

Tema 19. La costumbre. Los principios generales del Derecho. La jurisprudencia. Otras fuentes del Derecho. La aplicación de las normas jurídicas. La interpretación, la integración y la analogía.

Tema 20. La Ley en el tiempo: Comienzo y fin de la vigencia. El Derecho transitorio. El principio de la irretroactividad. La Ley en el espacio. El Derecho internacional privado: Naturaleza. Los conflictos de leyes: Sistemas históricos y doctrinales de solución. El Derecho positivo español: Especial referencia a la materia laboral.

Tema 21. El ejercicio de los derechos. Límites. La doctrina del abuso del Derecho. Modificación, transmisión y extinción. Renuncia.

Derecho penal

Tema 22. Fuentes del Derecho penal. Aplicación de las normas penales en el tiempo y en el espacio. Interpretación de las normas penales.

Tema 23. Teoría general del delito. Concepto de sus principales elementos: Acción, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad. Especial referencia al principio de tipicidad y su aplicación al derecho sancionador administrativo: El artículo 25 de la Constitución Española.

Tema 24. Causas que eximen de la responsabilidad criminal. Circunstancias atenuantes y agravantes. Su regulación legal. Clases y efectos de las penas. Su aplicación.

Tema 25. La responsabilidad criminal. Su extinción. La responsabilidad civil derivada del delito. La participación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social como sujeto activo o pasivo del proceso penal.

Tema 26. Delitos contra los derechos de los trabajadores: La imposición de condiciones laborales o de Seguridad Social ilegales y el tráfico ilegal de mano de obra. El alzamiento de bienes en el ámbito laboral.

Tema 27. Delitos contra los derechos de los trabajadores: La discriminación en el empleo y las acciones contra el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga. La protección penal de la obligación de secreto: Su aplicación en el ámbito laboral.

Tema 28. Delitos contra los derechos de los trabajadores: La protección penal de la seguridad y la salud en el trabajo. Supuestos especiales de responsabilidad. El acoso sexual en el ámbito laboral.

Tema 29. Delitos contra la Seguridad Social. Su tratamiento en el Código Penal.

Derecho Administrativo

Tema 30. La Administración. La Administración y sus fines. La Administración Pública y el Derecho. La Administración Pública y la división de funciones estatales.

Tema 31. El Derecho administrativo. Criterios de conceptuación del Derecho administrativo. Su naturaleza y situación en el ordenamiento jurídico.

Tema 32. El Reglamento: Concepto y naturaleza. Fundamento de la potestad reglamentaria. Clasificación de los reglamentos. Órganos de potestad reglamentaria. La impugnación de los reglamentos en la doctrina y en el Derecho positivo.

Tema 33. Los sujetos del Derecho administrativo. El Estado y la Administración: Personalidad jurídica de esta última. Otras personas jurídicas: Sus relaciones con el Estado.

Tema 34. Las potestades administrativas. El principio de legalidad y sus manifestaciones. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad, en especial la desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados.

Tema 35. La relación jurídico-administrativa. El administrado. Derechos públicos subjetivos e intereses legítimos. Concepto y diferencia. Clasificación de los derechos públicos subjetivos. Colaboración del administrado con la Administración.

Tema 36. El acto jurídico y el acto administrativo. Concepto del acto administrativo. Elementos. Clasificación de los actos administrativos. Actos de gestión y de gobierno.

Tema 37. Requisitos de los actos administrativos: De fondo y forma. Motivación de los actos administrativos. Notificación de los actos administrativos. El silencio administrativo: Naturaleza y régimen jurídico-positivo en las distintas Administraciones. Los actos tácitos.

Tema 38. Caracteres del acto administrativo: Ejecutividad, revocabilidad y retroactividad.

Tema 39. La invalidez de los actos administrativos: Nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Actos administrativos irregulares. Los errores materiales y de hecho. Revisión y revocación de los actos administrativos.

Tema 40. El servicio público. Régimen jurídico. Creación, organización y supresión. Modos de gestión. Clases.

Tema 41. La concesión administrativa. La concesión de servicios públicos. Su naturaleza jurídica: Causas y requisitos generales de la concesión. Efectos y relaciones jurídicas que se derivan. Extinción de la concesión. Las obras públicas.

Tema 42. Los contratos administrativos. Régimen jurídico vigente.

Tema 43. Procedimiento administrativo. Su regulación legal. Ambito de aplicación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tema 44. El procedimiento común. Los interesados. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento.

Tema 45. Los procedimientos especiales. El procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales en vía judicial.

Tema 46. Los recursos administrativos: Conceptos y clases. Recurso ordinario y recurso extraordinario de revisión.

Tema 47. El recurso contencioso-administrativo. Naturaleza, extensión y límites. Procedimiento. Sentencias: Ejecución. Recursos contra las sentencias.

Tema 48. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 49. La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. Principios del procedimiento sancionador. Sanciones administrativas y medidas sancionadoras.

Tema 50. La organización administrativa. La Administración General del Estado. La Administración de las Comunidades Autónomas. Las Entidades que integran la Administración Local: Su regulación jurídica.

Tema 51. La Administración consultiva y la de control. El Consejo de Estado: Organización y funciones. Otros órganos consultivos. Los órganos de control: Especial referencia al Tribunal de Cuentas.

Tema 52. La Función Pública y la relación de servicio. Órganos superiores de la Función Pública. Acceso a la Función Pública. Sistema de provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas. Función Pública del Estado y Comunidades Autónomas.

Tema 53. Los derechos de los funcionarios públicos. Sistemas de retribución. La responsabilidad de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario. Deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos.

Derecho Civil

Tema 54. El concepto de persona. Persona y personalidad. Las personas individuales. Nacimiento, extinción y capacidad. Capacidad jurídica y capacidad de obrar.

Tema 55. Situaciones de estado civil y otras circunstancias que afectan a la titularidad o ejercicio de los derechos de las personas individuales: Minoría de edad, emancipación, incapacitaciones.

Tema 56. La nacionalidad. Adquisición, pérdida y recuperación. La doble nacionalidad. Condición jurídica de los extranjeros.

Tema 57. Las personas jurídicas. Naturaleza y clases. Su constitución, capacidad, representación, nacionalidad, domicilio y extinción.

Tema 58. La representación. Clases. Representación y mandato. Extinción de la representación. El autocontrato.

Tema 59. El derecho de obligaciones. La obligación. Concepto. Elementos: Sujeto, objeto y vínculo. Las fuentes de las obligaciones. Clasificación de las obligaciones.

Tema 60. Efectos de la obligación. Cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones. Protección y garantía del crédito. Derechos del acreedor sobre el patrimonio del deudor. Medios de ejecución.

Tema 61. Transmisión de las obligaciones. Asunción de deudas y cesión de créditos. La llamada cesión del contrato. Extinción de las obligaciones. Especial referencia a la novación.

Tema 62. De los contratos en general. Requisitos esenciales. capacidad para contratar. Clases de contrato. Forma de los contratos. Reglas de interpretación.

Tema 63. El contrato de arrendamiento: concepto y clases. El contrato de arrendamiento de servicios: concepto y caracteres. Objeto: diferencias con el contrato de trabajo. Obligaciones del arrendador y del arrendatario. Duración. Extinción.

Tema 64. El contrato de ejecución de obra: concepto, naturaleza, caracteres y clases. Diferencias con el contrato de trabajo. Obligaciones del comitente y del contratista. Extinción. Responsabilidades del contratista por vicios ocultos y por ruina de la obra. Responsabilidades del contratista por hechos ajenos: subcontratistas, empleados y suministradores.

Tema 65. Ineficacia de los contratos. La nulidad de los contratos. Nulidad radical o absoluta. Anulabilidad. Confirmación de los contratos. Rescisión, causas y efectos.

Tema 66. El contrato de sociedad. Concepto y naturaleza. El contrato de sociedad y las instituciones afines. Clases de sociedades. Contenido del contrato de sociedad. Extinción de la sociedad.

Tema 67. La influencia del tiempo en las relaciones jurídicas. Cómputo del tiempo. Prescripción adquisitiva. Prescripción extintiva. La caducidad.

Derecho Mercantil

Tema 68. Concepto legal de sociedad mercantil. Sociedades civiles en forma mercantil. Clasificación de las sociedades mercantiles. El contrato de sociedad mercantil.

Tema 69. Las sociedades colectivas y comanditarias. Antecedentes. Requisitos para su constitución. Relaciones jurídicas internas y externas. La sociedad comanditaria por acciones.

Tema 70. La sociedad de responsabilidad limitada. Antecedentes. Fundación. La cualidad del socio en este tipo de sociedades. Órganos de la sociedad. Modificación de la sociedad: Aumento y reducción de capital. La contabilidad social.

Tema 71. La sociedad anónima. Antecedentes. Disposiciones generales. Fundación de la sociedad anónima. Las aportaciones. Las acciones.

Tema 72. Los órganos de la sociedad anónima. Impugnación de acuerdos sociales. La modificación de los estatutos. Aumento y reducción del capital social.

Tema 73. Las cuentas anuales de la sociedad anónima: Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria. Las obligaciones: Emisión. Sindicato de Obligacionistas. Reembolso y rescate.

Tema 74. Transformación, disolución y liquidación de sociedades mercantiles. Fusión de sociedades mercantiles y formas sociales de unión de empresas.

Tema 75. Suspensión de pagos. Supuestos requeridos. Efectos de la suspensión de pagos. Los órganos de la suspensión de pagos. El convenio de la suspensión de pagos.

Tema 76. Concepto y naturaleza del derecho de quiebra. Antecedentes. Los supuestos de quiebra. Clases de quiebra. Órganos de la quiebra.

Tema 77. Procedimiento de quiebra. Declaración de quiebra. Efectos sobre el deudor común y sobre los acreedores. Terminación del procedimiento de quiebra.

Tema 78. Derecho Marítimo. Naturaleza y carácter. La empresa mercantil marítima. Estudio de sus elementos personales. La responsabilidad del naviero. El buque. Concepto y naturaleza jurídica.

Derecho Tributario

Tema 79. Los tributos: concepto, naturaleza y clases. Los impuestos: concepto y clases. El sistema tributario español: estructura básica. Funciones de las distintas figuras tributarias dentro del sistema. Relaciones entre los principales impuestos.

Tema 80. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible. Rentas exentas. El sujeto pasivo. La determinación de la base imponible en estimación directa: rendimientos del trabajo, de capital y de actividades empresariales o profesionales.

Tema 81. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II). Incrementos y disminuciones de patrimonio. Imputación de rentas. La estimación objetiva. Clases de renta: integración y compensación. La base liquidable. Determinación de la deuda tributaria. Tributación conjunta. Período de imposición y devengo.

Tema 82. El Impuesto sobre Sociedades (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Período impositivo y devengo del impuesto. Compensación de pérdidas.

Tema 83. El Impuesto sobre Sociedades (II). La deuda tributaria: tipo de gravamen, cuota íntegra, deducciones y bonificaciones. Gestión del impuesto: declaración, liquidaciones, obligaciones contables y registrales, índice de entidades, obligaciones de información y retenciones y pagos a cuenta.

Tema 84. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Lugar de realización del hecho imponible. Exenciones. Devengo. Base imponible. Sujetos pasivos. Tipos impositivos. Deducciones y devoluciones. Obligaciones formales.

Contabilidad Nacional y de Empresa. Productividad. Estadística y Economía

Tema 85. La Contabilidad Nacional. Concepto y sistemas de Contabilidad Nacional. Principales agregados de la Contabilidad Nacional. (Consumo Interior, Formación Bruta de Capital, etc.).

Tema 86. La Renta Nacional: Renta Nacional Disponible. Renta Nacional Disponible por habitante. Producto Interior Bruto.

Tema 87. Análisis del patrimonio. Concepto contable del

patrimonio. Elementos y masas patrimoniales. Su equilibrio. Análisis del capital económico y del capital financiero. Análisis de los créditos de funcionamiento. Análisis de los créditos de financiación. Fuentes de financiación propia de la empresa y esquema de su financiación básica.

Tema 88. Problemática contable del activo fijo. Estudio del inmovilizado. Teoría de la amortización económica. Sistemas más generales de amortización.

Tema 89. Teoría del beneficio contable. El beneficio empresarial. Su relatividad. La periodificación contable. Determinación de resultados en el Plan General de Contabilidad. Criterios de valoración.

Tema 90. Problemática contable de las sociedades colectivas, comanditarias y de responsabilidad limitada. Constitución y aportaciones de los socios. Ampliaciones y reducciones del capital social.

Tema 91. Problemática contable de la sociedad anónima. Obligaciones y bonos de caja. Contabilidad de la emisión. Contabilidad de la liquidación. Fusión de sociedades anónimas.

Tema 92. Análisis patrimonial. Equilibrios patrimoniales. Estado de origen y aplicación y de fondos. El concepto de cash-flow en la doctrina contable. El estado de cash-flow.

Tema 93. Análisis financiero. Concepto, fines y métodos de análisis. Análisis del equilibrio de la estructura financiera. Análisis económico. Concepto y fines. Análisis de resultados. Análisis de la rentabilidad. Cálculo de punto muerto.

Tema 94. Los estados consolidados. Estructura del Balance y de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias consolidados. Problemática de homogeneización de la confección de estos estados. Informe de gestión.

Tema 95. La estadística como teoría y como práctica. La clasificación de los datos estadísticos. Series cronológicas y series de frecuencias. Representación gráfica de la distribución de frecuencias.

Tema 96. Características de una distribución de frecuencias. Medidas de posición: Media aritmética, moda y mediana. Medidas de dispersión: desviación media y desviación típica.

Tema 97. Probabilidad. Sucesos compuestos: Independientes y excluyentes. Población y muestreo. Fines del muestreo. Algunos tipos de muestreo. El muestreo probabilístico.

Tema 98. Teoría Económica. Economía de Mercado y de producción. Mercado en competencia perfecta. Monopolio y figuras afines y sus efectos sobre el mercado. Teoría de la demanda.

Tema 99. Incidencia de las decisiones de la autoridad pública en la economía real: Política monetaria. Política fiscal. Decisiones sobre tipos de interés del dinero. Inversión pública y sus efectos. Incidencia económica de las políticas de protección social.

Tema 100. Teorías económicas sobre la inflación. Teorías económicas sobre tasas