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Resolución de 24 de julio de 2009, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Rango:
Boletín Oficial del Estado, núm. 192 de 10 de agosto de 2009, páginas 68027 a 68058 (32 págs.)
Referencia: BOE-A-2009-13278
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (BOE del 24), de Universidades (en adelante, LOU), en la redacción modificada por la L.O. 4/2007, de 12 de abril (BOE del 13), de modificación de la anterior (ReLOU) y en Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre (BOE del 8), por el que se regula el régimen de los concursos de acceso (en adelante, RDCA), y a tenor de lo establecido en el artículo 154 de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Decreto 215/2003, de 16 de octubre, (BOCM del 29 y BOE del 14 de enero de 2004) del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (en adelante, EUPM) y la Normativa para la regulación de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios en la Universidad Politécnica de Madrid (en adelante, NUPM o UPM), aprobada en su Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2009 y modificada en el del siguiente 26 de marzo de 2009, publicada en el BO de la UPM (en adelante, BOUPM), disponible y accesible en su página web, en formato electrónico, de acuerdo con la Resolución de 31 de mayo de 2007 del Consejo de Gobierno de la UPM (BOCM del 1 de agosto),
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes
Bases de la Convocatoria
1. Normas generales
A los presentes concursos les será aplicable la LOU; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJ-PAC); el RDCA; los EUPM y las normas de general aplicación y, en lo no previsto, las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en la Administración Pública, en particular el Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril (BOE del 13) (en adelante, EBEP), el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE del 10 de abril), que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado (en adelante, RGIP), además de la normativa relatada en la presentación de las presentes bases.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:
a) Nacionalidad: Ser español. No obstante, podrán participar en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea vigentes en España, por aplicación de la libre circulación de trabajadores se les considera de similar condición.
También podrán participar los cónyuges de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea vigentes en España en aplicación de la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Asimismo, podrán participar en los concursos de acceso convocados los habilitados o habilitadas de nacionalidad extranjera no comunitaria, cuando se cumplan los requisitos previstos en el artículo 4 del RDCA, en relación con el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio (BOE del 7 de agosto) y los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales primera a cuarta, ambas inclusive, del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre (BOE del 6).
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, deberán acreditar la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco, o el de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tenga dicho vínculo, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, (BOE del 31 de mayo de 2001), sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
b) Edad: Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y al puesto docente de que se trate.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado o en España el acceso a la función pública.
e) Estar en posesión del título de Doctor, certificación supletoria o documento acreditativo de estar en condiciones de que sea expedido el título, tras haber abonado los derechos de expedición.
2.2 Requisitos específicos:
a) Justificar hallarse:
1. Acreditado o acreditada para el cuerpo docente universitario,
2. Habilitado y, para el área de conocimiento de que se trate, conforme a las previsiones contenidas en el artículo 4 del RDCA,
3. Ser funcionario o funcionaria del cuerpo docente por el que se convoca la plaza,
b) No podrán participar en los respectivos concursos de acceso quienes ostenten la condición de profesores desde una plaza obtenida tras concurso de acceso de igual categoría y de otra Universidad, salvo que se haya producido el desempeño efectivo de la misma durante al menos dos años.
2.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión y, en su caso, a lo largo de toda la relación jurídica. Para el caso de los nacionales de otros Estados a los que es aplicable el derecho a la libre circulación de los trabajadores, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del castellano, las respectivas Comisiones de Acceso establecerán, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso remitirán la correspondiente solicitud al Sr. Rector Magfco. de la UPM, presentándola en su Registro, o remitiéndola por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la LRJ-PAC, en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOE, modelo de solicitud disponible y accesible en formato electrónico, en la página web de la Universidad, de acuerdo con la Resolución del Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid de 31 de mayo de 2007 (BOCM del 1 de agosto).
Dicha solicitud habrá de ser debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en el anexo II, que estará disponible también en el Servicio de Administración de Personal Docente de la Universidad Politécnica de Madrid al igual que en su página web, junto con los siguientes documentos que acrediten que el solicitante reúne los requisitos para participar en el presente concurso:
a) Fotocopia compulsada o legitimada notarialmente del documento nacional de identidad, pasaporte o certificado de nacimiento.
b) Certificaciones o documentación en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base Segunda 2.2, apartado a) y, en su caso, b).
c) Fotocopia compulsada o legitimada notarialmente del título académico requerido para el desempeño de la plaza a cuyo concurso se presenta.
3.2 Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Politécnica de Madrid la cantidad de 33,84 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en el Banco de Santander (Calle Céa Bermúdez, n.º 25 de Madrid), en la c/c 0049- 5121-26-2316021426, con el título « Universidad Politécnica de Madrid Concursos Cuerpos Docentes «, abierta en dicha entidad.
A la solicitud deberá adjuntarse el justificante original acreditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante.
3.3 Los aspirantes a más de una de las plazas convocadas deberán presentar solicitud independiente para cada una de ellas, acompañada de la documentación complementaria correspondiente, avisando en cada una de ellas de las restantes plazas a cuya provisión concursan.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Rector Magfco. o el Vicerrector competente en asuntos de profesorado, por su delegación, dictará resolución, en el plazo máximo de quince días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha resolución irá acompañada de las listas completas de admitidos y excluidos, las cuales indicarán, respecto a estos últimos, la causa de exclusión, y se publicará en en la página web de la Universidad, el tablón de anuncios que el Rectorado tiene designado a tales efectos en la Planta Sótano Primero y en el BOUPM,
4.2 Contra dicha resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el Sr. Rector Magfco. en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del listado.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Sr. Rector Magfco. o el Vicerrector competente en materia de profesorado, por su delegación, dictará resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida.
4.4 La resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y, consiguientemente, los aspirantes definitivamente excluidos podrán interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo en los términos expuestos en la norma 10 de la presente convocatoria.
5. Comisiones de Acceso
5.1 La composición de las Comisiones de Acceso es la que figura en el anexo III de esta convocatoria.
5.2 El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado, quien resolverá en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la recepción del escrito de renuncia.
5.3 Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión, y éstos deberán abstenerse, cuando concurra alguna de las causas previstas en el art. 28 de la LRJ-PAC. El escrito de abstención o recusación se dirigirá al Sr. Rector Magfco. de la Universidad quien, a la vista de las manifestaciones efectuadas por el miembro de la Comisión, resolverá en el plazo de tres días hábiles, previos los informes y comprobaciones que considere oportunos.
5.4 Una vez resueltas las peticiones de renuncia, abstención o recusación que pudieran haberse presentado, los miembros afectados serán sustituidos por sus respectivos suplentes. En el supuesto excepcional de que también en el miembro suplente de que se trate concurriese alguna de las circunstancias de impedimento citadas anteriormente, su sustitución se hará por orden correlativo de nombramiento entre los miembros suplentes que pertenezcan al mismo cuerpo docente. Si tampoco fuera posible esta sustitución, el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid procederá al nombramiento de nuevo titular y suplente conforme al procedimiento establecido en la NUPM al objeto de cubrir la vacante producida.
5.5 Las Comisiones de Acceso deberán constituirse dentro de los dos meses siguientes a la publicación de la lista definitiva de candidatos admitidos al concurso. Para ello, el Presidente titular de la Comisión, realizadas las consultas pertinentes con los restantes miembros, convocará a los titulares y, en su caso, suplentes necesarios para proceder al acto formal de constitución de aquella, fijando lugar y fecha a tales efectos.
La notificación del lugar y fecha de constitución de las Comisiones se practicará tanto a los miembros titulares y, en su caso, suplentes, como a los candidatos admitidos, con una antelación mínima de diez días, por un procedimiento que permita dejar constancia de la efectividad de la notificación.
A los efectos de lo establecido en los dos párrafos anteriores los días del mes de agosto serán inhábiles a efectos de cómputo.
Transcurrido el mencionado plazo de dos meses sin que se haya constituido la Comisión de Acceso, el Sr. Rector Magfco., de oficio o a instancia de parte interesada, procederá a la sustitución del Presidente de la Comisión, salvo causa suficientemente justificada.
5.6 La válida constitución de cada Comisión exigirá la asistencia de la totalidad de sus miembros. Los miembros titulares que no concurrieran al citado acto cesarán y serán sustituidos conforme a lo previsto en el apartado 4 de esta base.
5.7 Como primera actuación, la Comisión de Acceso fijará los criterios para la valoración del concurso, que el Secretario de la misma hará públicos a la finalización de la sesión.
Una vez constituida la Comisión, en caso de ausencia del Presidente, éste será sustituido por el profesor más antiguo conforme al siguiente orden de prelación de cuerpos docentes universitarios: Catedráticos de Universidad, Profesores Titulares de Universidad o Catedráticos de Escuelas Universitarias. En el caso de ausencia del Secretario, éste será sustituido por el profesor más moderno en orden inverso de prelación de cuerpos indicado anteriormente.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la participación de, al menos, tres de sus miembros. Los miembros de la Comisión que estuvieran ausentes en la actuación correspondiente a alguno de los candidatos cesarán en su calidad de miembros de la misma, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido. Si una vez constituida la Comisión, ésta quedara con menos de tres miembros, se suspenderán las actuaciones y se procederá al nombramiento de una nueva Comisión por el procedimiento normativamente establecido y en la que no podrán incluirse los miembros que hubieren cesado en su condición, repitiéndose todas las actuaciones practicadas.
5.8 Las Comisiones de Acceso tomarán sus acuerdos por mayoría, sin que sea posible la abstención de la actividad evaluatoria. En caso de empate, decidirá el voto del Presidente. La propuesta de provisión de plaza, con la relación de todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento requerirá, en todo caso, obtener la puntuación más favorable de dos miembros, al menos, de la Comisión.
5.9 Las Comisiones de Acceso podrán solicitar, a través de su Presidente, los asesoramientos que estimen convenientes, los cuales deberán ser evacuados de forma confidencial y por escrito y se adjuntarán al acta correspondiente. Las Comisiones estarán asistidas por el Gabinete de Asesoría Jurídica de la UPM.
5.10 Los miembros de las Comisiones de Acceso tendrán derecho al percibo de asistencias, gastos de viaje y dietas de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (BOE del 30), sobre indemnizaciones por razón del servicio, en las cuantías establecidas por la Comisión Interministerial de Retribuciones por Resolución de su Comisión Ejecutiva de 31 de marzo de 2004. A estos efectos, las Comisiones de Acceso tendrán la categoría primera de las señaladas en el artículo 30 del citado Reglamento.
6. Desarrollo del concurso
6.1 En el acto de constitución, las Comisiones de Acceso, en función de las características de las plazas docentes a proveer, su perfil y las necesidades de la UPM, procederán a acordar el baremo general aplicable, ajustado a los criterios generales aprobados por el Consejo de Gobierno de la Universidad y a los criterios específicos de valoración para las convocatorias que con carácter complementario cada Departamento haya propuesto, los cuales se utilizarán para la resolución de los concursos de acceso convocados.
Inmediatamente después del acto de constitución, el Presidente de la Comisión ordenará al Secretario de la misma que se publique en el Tablón de Anuncios el baremo, el orden de actuación de los concursantes y la convocatoria a las pruebas, así como el plazo fijado por la Comisión para que cualquier concursante pueda examinar la documentación presentada por los restantes concursantes, con anterioridad a la realización de la entrevista.
Asimismo, cuantas instrucciones hayan de darse a los candidatos serán publicadas, también inmediatamente, después del acto de constitución, en el Tablón de Anuncios.
6.2 De las pruebas.–En los concursos de acceso quedarán garantizados, en todo momento, la igualdad de oportunidades de los aspirantes, el respeto a los principios de publicidad de las actuaciones, de mérito y capacidad y el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres. La UPM garantizará la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y adoptará, en el procedimiento que haya de regir en los concursos, las oportunas medidas de adaptación a las necesidades de las personas con discapacidad.
6.3 El procedimiento para la adjudicación de las plazas convocadas será público y consistirá en la exposición por cada concursante de los méritos alegados respecto a su historial académico, docente e investigador, su proyecto docente e investigador, así como el contraste de sus capacidades para la exposición y debate ante la Comisión en la correspondiente materia o especialidad en sesión pública.
6.4 La Comisión fijará y hará públicos los criterios para la valoración del concurso, que en todo caso se referirán al historial académico docente e investigador de cada candidato, su proyecto docente e investigador, y su adecuación para el desarrollo de las actividades definidas en el perfil de la plaza. El Presidente de la Comisión dictará resolución convocando a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con señalamiento de día, lugar y hora para la celebración, con una antelación mínima de diez días hábiles.
6.5 El proceso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no proveer la plaza convocada. Contra esta decisión cabrá presentar la oportuna reclamación conforme a lo establecido en la base 8 de la presente convocatoria.
6.6 En el acto de presentación, que será público, los candidatos entregarán al Presidente de la Comisión, un original y cinco copias en papel o en formato electrónico de la siguiente documentación:
a) Historial académico, docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto docente e investigador, para el desempeño de la plaza, que incluirá el programa docente, en pruebas para Profesores Titulares de Universidad.
6.7 En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los candidatos, y se fijará el lugar, la fecha y la hora del comienzo de las pruebas. Éstas deberán comenzar en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al del acto de presentación.
6.7.1 La primera prueba para Profesores Titulares de Universidad consistirá en la exposición oral de los méritos e historial académico, docente e investigador alegados. Dicha prueba incluirá, asimismo, la defensa de los proyectos docente e investigador presentados. Cada candidato dispondrá de un tiempo máximo de noventa minutos para esta primera prueba. Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato sobre sus méritos, historial académico e investigador, y sobre los proyectos docente e investigador presentados, durante un tiempo máximo de dos horas.
6.7.2 Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado, ajustado, en todo caso, a los criterios previamente establecidos por la Comisión, valorando la experiencia y los méritos en el historial académico, docente e investigador, así como los proyectos docente e investigador, alegados y defendidos por cada candidato.
A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, no siendo posible la abstención, para determinar el paso de los candidatos a las pruebas sucesivas.
No pasarán a la siguiente prueba los candidatos que no obtengan, al menos, tres votos favorables.
6.7.3 La segunda prueba para Profesores Titulares de Universidad consistirá en la exposición oral de un tema, durante un tiempo máximo de una hora, del programa docente presentado por el candidato, seleccionado por la Comisión entre diez temas de dicho programa, elegidos por el candidato, que cubran todo el perfil de la plaza.
Se valorarán positivamente la experiencia docente y la capacidad pedagógica del concursante en su exposición, así como el dominio de la materia.
Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato acerca de los contenidos expuestos, la metodología a utilizar y todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el tema, durante un tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado de cada uno de los candidatos, valorando los contenidos y metodología expuestos por los mismos. A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, sin que sea posible la abstención.
6.7.4 La Comisión hará públicos los resultados de la evaluación de los candidatos al finalizar cada una de las pruebas.
6.8.1 La primera prueba para plazas de Catedráticos de Universidad consistirá en la exposición oral de los méritos docentes e historial académico, docente e investigador alegados. Dicha prueba incluirá, la defensa de los proyectos docente e investigador presentados. Cada candidato dispondrá de un tiempo máximo de noventa minutos para dicha prueba. Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato sobre sus méritos, historial académico e investigador, y sobre el proyecto docente e investigador presentado, durante un tiempo máximo de dos horas.
6.8.2 Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado, ajustado, en todo caso, a los criterios previamente establecidos por la Comisión, valorando la experiencia y los méritos en el historial académico, docente e investigador, así como los proyectos docente e investigador, alegados y defendidos por cada candidato.
A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, no siendo posible la abstención, para determinar el paso de los candidatos a las pruebas sucesivas.
No pasarán a la siguiente prueba los candidatos que no obtengan, al menos, tres votos favorables.
6.8.3 La segunda prueba de los concursos para la provisión de plazas de Catedráticos de Universidad, consistirá en la exposición oral por el candidato, durante un tiempo máximo de noventa minutos, de un trabajo de investigación realizado por él mismo, solo o en equipo. Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el referido trabajo, durante un tiempo máximo de dos horas.
El candidato entregará al Presidente de la Comisión un resumen o guión escrito, por sextuplicado del trabajo de investigación, al hacerse público el resultado favorable de la primera prueba.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado de cada uno de los candidatos valorando los contenidos y la metodología expuestos por los mismos.
A la vista de los informes, la Comisión procederá a la votación, sin que sea posible la abstención.
6.9 Los aspirantes, a lo largo de todo el proceso selectivo, serán convocados por las Comisiones de Acceso a los distintos actos mediante único llamamiento, en la medida de lo posible, siendo excluidos del concurso de acceso quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados como tales por la Comisión. En todo caso, corresponderá a la Comisión de Acceso adoptar las medidas adecuadas para la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de las pruebas, adoptando al respecto las decisiones que estimen pertinentes.
6.10 El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la resolución del concurso no podrá exceder de cuatro meses, salvo los supuestos de suspensión o ampliación de este plazo por impugnación u otras causas justificadas apreciadas por resolución del. Sr. Rector Magfco. a estos efectos, el cómputo de los plazos establecidos se realizará excluyendo el mes de agosto, durante el cual no tendrán lugar las actuaciones de las Comisiones de Acceso, ni será de cómputo a los efectos antes señalados.
6.11 Los actos relativos al desarrollo de las pruebas serán publicados por la Comisión en los Tablones de Anuncios previamente especificados del centro donde se celebren las mismas, surtiendo dicha publicación los mismos efectos que la notificación.
7. De la propuesta de provisión
7.1 Una vez celebrado el Concurso, la Comisión hará público el resultado de la evaluación de cada candidato, de acuerdo a los criterios generales y específicos de valoración previamente establecidos por la Comisión.
7.2 A continuación la Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso. La propuesta se hará pública en el tablón de anuncios del local donde se haya celebrado la última prueba, haciendo constar la fecha en que se hace pública. Contra ella cabe interponer reclamación en el plazo de diez días hábiles ante el Rector de la Universidad.
7.3 El Secretario de la Comisión, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de finalización de sus actuaciones, entregará a la Secretaría General de la Universidad el expediente administrativo del concurso, incluido el historial académico, el proyecto docente e investigador que incluiría el programa docente, el resumen o guión escrito del trabajo de investigación, las publicaciones y los documentos y trabajos presentados por los candidatos. Esta documentación, una vez finalizado el concurso y siendo firme la resolución del mismo, les podrá ser devuelta si así lo solicitan, pudiendo la UPM conservar o destruir la no recogida.
7.4 Los candidatos, específicamente, podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por los miembros de la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes copias, previo abono de los precios públicos exigibles, según el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOE del 13 de marzo de 2003), que aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
7.5 El Rector procederá a los nombramientos conforme a la propuesta realizada, ordenará su inscripción en el correspondiente registro de personal y su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, así como su comunicación al Consejo de Universidades.
7.6 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate o titular de la plaza obtenida, si ya lo fuere, con los derechos y deberes que le son propios.
7.7 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra Universidad.
8. Comisión de Reclamaciones
8.1 Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación.
8.2 Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución. Esta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones compuesta por siete Catedráticos de Universidad de la UPM, en activo, pertenecientes a diversos ámbitos del conocimiento, con amplia experiencia docente e investigadora, elegidos por el Claustro de la Universidad Politécnica de Madrid. La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de las Comisiones contra cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y a los candidatos que hubieran participado en las mismas. Asimismo examinará el expediente relativo al concurso para velar por las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada de la Comisión en el plazo máximo de tres meses, tras lo que el Rector dictará la resolución de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Reclamaciones. Transcurrido el plazo de tres meses sin haber sido resuelta se entenderá que la reclamación presentada ha sido rechazada.
9. Presentación de documentos y nombramientos
9.1 Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán remitir a la Secretaría General de la Universidad, en los veinte días hábiles siguientes al de conclusión de la actuación de la Comisión cuando no hubiere sido reclamada la propuesta, por medio del Registro General de la Universidad o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38 de la LRJ-PAC, los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad. Para los ciudadanos que no tengan nacionalidad española, la referencia a DNI/NIF debe ser entendida al documento equivalente.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor Universitario.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
9.2 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya aprobados para obtener su anterior nombramiento, que no hayan podido cambiar y que mantengan en este momento, debiendo presentar certificación extendida por el órgano competente de la Administración de la que dependieran para acreditar su condición y servicios.
9.3 Los nombramientos propuestos por la Comisión de Acceso, salvo manifiesta ilegalidad, serán efectuados por el Sr. Rector Magfco. En caso de que el candidato propuesto no presentase oportunamente la documentación requerida en el apartado 1 de esta base, el Sr. Rector Magfco. podrá proceder al nombramiento del siguiente concursante en el orden de valoración formulado, de obtener informe favorable de la Comisión. Los nombramientos serán comunicados al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los cuerpos respectivos, publicados en el BOE en el BOCM, en el BOUPM y comunicados a la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria.
9.4 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá, en su caso, la condición de funcionario de carrera del cuerpo docente de que se trate con los derechos y deberes que le son propios, o en la plaza objeto del concurso de acceso.
En dicho acto, el candidato propuesto deberá presentar declaración de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión. Si se tratara de puestos susceptibles de compatibilidad, previa autorización, deberá instala aportando la documentación justificativa en los 10 primeros días del aludido plazo de toma de posesión, entendiéndose éste prorrogado en tanto recae resolución.
10. Norma final
10.1 Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones de Acceso resolverán las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos en ellas, pudiendo contar con el asesoramiento de los diferentes servicios de la universidad. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la LRJ-PAC.
10.2 Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid cuando se trate de acceder por primera vez a puesto de funcionario de los cuerpos de Profesores Titulares de Universidad, y Catedráticos de Escuelas Universitarias, o ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en los restantes casos. Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.
10.3 Igualmente, contra los actos administrativos que se deriven de esta convocatoria por actuación de las Comisiones de Acceso podrá interponerse recurso de alzada ante el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid, con exclusión de la propuesta de provisión, que será objeto de la reclamación citada en la base 8 de la presente convocatoria. Contra las decisiones del Sr. Rector Magfco. podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cuando se trate del acceso por primera vez a los cuerpos de Profesor Titular de Universidad, y Catedrático de Escuela Universitaria o ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en los restantes casos. Potestativamente podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Sr. Rector Magfco, cuando no proceda la interposición de impugnación ante la Comisión de Reclamaciones. En este caso, no podría interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso o la reclamación.
Madrid, 24 de julio de 2009.–El Rector de la Universidad Politécnica de Madrid, Javier Uceda Antolín.
ANEXO I
Concurso de acceso
Identificación de la plaza
Número de la plaza: 1.
Centro: E.T.S. Arquitectura.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0330 Proyectos Arquitectónicos.
Área de conocimiento: 715 Proyectos Arquitectónicos.
Perfil docente: Proyectos I (Taller). Proyectos 2 (Taller). Ampliación de Proyectos II (Taller). Proyectos 3 (Taller). Ampliación de Proyectos 3 (Taller). Proyectos 4 (Taller). Ampliación de Proyectos 4 (Taller). Proyectos 5 (Taller). Ampliación de Proyectos 5 (Taller) y Proyecto Fin de Carrera.
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 2.
Centro: E.T.S. Arquitectura.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 0330 – Proyectos Arquitectónicos.
Área de conocimiento: 715 – Proyectos Arquitectónicos.
Perfil docente: Proyectos I (Taller). Proyectos 2 (Taller). Ampliación de Proyectos II (Taller). Proyectos 3 (Taller). Ampliación de Proyectos 3 (Taller). Proyectos 4 (Taller). Ampliación de Proyectos 4 (Taller). Proyectos 5 (Taller). Ampliación de Proyectos 5 (Taller) y Proyecto Fin de Carrera.
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 3.
Centro: E.T.S. Arquitectura.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 0330 – Proyectos Arquitectónicos.
Área de conocimiento: 715 – Proyectos Arquitectónicos.
Perfil docente: Proyectos 1 al 9 y proyecto fin de carrera.
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 4.
Centro: E.T.S. Arquitectura.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 0321 – Física e Instalaciones Aplicadas a la Edificación, al Medio Ambiente y al Urbanismo.
Área de conocimiento: 385 – Física Aplicada.
Perfil docente: Fundamentos y Teorías Físicas I y II.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 2201 (Acústica) y 2211 (Física del Estado Sólido).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 5.
Centro: E.T.I. Aeronáuticos.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0120 – Matemática Aplicada a la Estadística.
Área de conocimiento: 595 – Matemática Aplicada.
Perfil docente: Ecuaciones Diferenciales. Métodos Matemáticos I y II.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 1207 (Investigación Operativa) y 3327 (Tecnología de Redes de Transporte).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 6.
Centro: E.T.S.I. Agrónomos.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0245 – Matematíca Aplicada a la Ingeniería Agronómica.
Área de conocimiento: 595 – Matemática Aplicada.
Perfil docente: Matemáticas. Análisis Matemático. Ampliación de Matemáticas.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 1204 (Geometría) y 2511 (Ciencias del Suelo).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 7.
Centro: E.T.S.I. Agrónomos.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0215 – Construcción y Vías Rurales.
Área de conocimiento:500 – Ingeniería Agroforestal.
Perfil docente: Construcción Agroindustrial y Obras de Tierra. Análisis y Reutilización de Construcciones Rurales y su Entorno.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3305 (Tecnología de la Construcción) y 3102 (Ingeniería Agrícola).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 8.
Centro: E.T.S.I. Agrónomos.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0205 – Biología Vegetal.
Área de conocimiento: 705 – Producción Vegetal.
Perfil docente: Bilogía. Fisiología Vegetal. Caracterización de Recursos Fitogenéticos.
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 9.
Centro: E.T.S.I. Agrónomos.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 0250 – Producción Animal.
Área de conocimiento: 700 – Producción Animal.
Perfil docente: Zootecnia I y Zootecnia II.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3104 (Producción Animal).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 10.
Centro: E.T.S.I. Caminos, Canales y Puertos.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 0405 – Ciencia de los Materiales.
Área de conocimiento: 065 – Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica.
Perfil docente: Física y Física de Materiales. Biomateriales.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3312 (Tecnología de Materiales).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 11.
Centro: E.T.S.I. de Caminos, Canales y Puertos.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 0435 – Matemática e Informatíca Aplicadas a la Ingeniería Civil.
Área de conocimiento: 595 – Matemática Aplicada.
Perfil docente: Estadística. Cálculo.
Perfil investigador: Código UNESCO 1202 (Análisis y Análisis Funcional).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 12.
Centro: E.T.S.I. Industriales.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0545 – Ingeniería y Ciencia de los Materiales.
Área de conocimiento:065 – Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica.
Perfil docente: Análisis y Ensayo de Materiales. Biomateriales. Tecnología de Materiales.
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 13.
Centro: E.T.S.I. Industriales.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0505 – Automática, Ingeniería Electrónica e Informática Industrial.
Área de conocimiento: 520 – Ingeniería de Sistemas y Automática.
Perfil docente: Regulación Automática I. Visión y Percepción por Computador.
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 14.
Centro: E.T.S.I. Industriales.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0535 – Ingeniería Química Industrial y del Medio Ambiente.
Área de conocimiento: 555 – Ingeniería Química.
Perfil docente: Química I y Química II. Química Inorgánica.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3312 (Tecnología de Materiales) y 2304 (Química Macromolecular).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 15.
Centro: E.T.S.I. Industriales.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0535 – Ingeniería Química Industrial y del Medio Ambiente.
Área de conocimiento: 555 – Ingeniería Química.
Perfil docente: Química I. Experimentación en Química I. Experimentación en Ingeniería Química I. Procesos de Polimerización.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3312 (Tecnología de Materiales) y 2304 (Química Macromolecular).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 16.
Centro: E.T.S.I. Industriales.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0550 Matemática Aplicada a la Ingeniería Industrial.
Área de conocimiento: 595 Matemática Aplicada.
Perfil docente: Ampliación de Cálculo. Ecuaciones Diferenciales.
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 17.
Centro: E.T.S.I. Minas.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0620 – Ingeniería Química y Combustibles.
Área de conocimiento: 555 – Ingeniería Química.
Perfil docente: Procesos de Petroquímica y Carboquímica. Refino, Transporte y Almacenamiento de Hidrocarburos. La Industria de los Recursos Energéticos. Fundamentos Químicos de la Ingeniería. Quimiometría y Métodos de Análisis Instrumental.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3321 (Tecnología del Carbón y del Petróleo) y 3322 (Tecnología Energética).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 18.
Centro: E.T.S.I. MINAS.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 0610 Ingeniería De Materiales.
Área de conocimiento: 065 – Ciencia de Materiales e Ingeniería Metalúrgica.
Perfil docente: Metalurgia. Refractarios.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3312 (Tecnología de Materiales) y 3315 (Tecnología Metalúrgica).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 19.
Centro: E.T.S.I. Montes.
Cuerpo: Catedráticos de Unversidad.
Departamento: 0710 – Ingeniería Forestal.
Área de conocimiento: 500 – Ingeniería Agroforestal.
Perfil docente: Análisis Instrumental. Operaciones Básicas. Química de los Productos Forestales no Leñosos.
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 20.
Centro: E.T.S.I. Telecomunicación.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0915 – Física Aplicada a las Tecnologías de la Información.
Área de conocimiento: 385 – Física Aplicada.
Perfil docente: Física I. Física II. Ampliación de Física y Laboratorio de Física.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3312 (Tecnología de Materiales) y 2211 (Física del Estado Sólido).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 21.
Centro: E.T.S.I. Telecomunicación.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 0930 – Matemática Aplicada a las Tecnologías de la Información.
Área de conocimiento: 595 - Matemática Aplicada.
Perfil docente: Fundamentos Matemáticos IV. Sistemas Avanzados de Control. Redes Neuronales.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 1203 (Ciencias de la Computación) y 1202 (Análisis y Análisis Funcional).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 22.
Centro: E.T.S.I. Telecomunicación.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 950 – Tecnologías Especiales Aplicadas a la Telecomunicación.
Área de conocimiento: 755 – Química Física.
Perfil docente: Simulación de Propiedades de la Materia. Estructura de la Materia. Fundamentos de la Ciencia de Materiales.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 2211 (Física del Estado Sólido) y 2203 (Electrónica).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 23.
Centro: E.T.S.I. Telecomunicación.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 940 – Tecnología Electrónica.
Área de conocimiento: 785 – Tecnología Electrónica.
Perfil docente: Tecnología de Materiales. Dispositivos y Microsistemas Electrónicos.
Perfil investigador: Código UNESCO 3307 (Tecnología Electrónica).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 24.
Centro: E.T.S.I. Telecomunicación.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 935 – Señales, Sistemas y Radiocomunicaciones.
Área de conocimiento: 800 – Teoría de la Señal y Comunicaciones.
Perfil docente: Sistemas Lineales. Análisis y Diseño de Circuitos. Diseño y Simulación de Detectores Radar.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3307 (Tecnología Electrónica) y 3325 (Tecnología de las Telecomunicaciones).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 25.
Centro: E.T.S.I. Telecomunicación.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 0920 – Ingeniería Electrónica.
Área de conocimiento: 785 – Tecnología Electrónica.
Perfil docente: Sistemas Electrónicos Digitales. Laboratorio de Sistemas Electrónicos Digitales.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 1203 (Ciencia de los Ordenadores) y 5701 (Lingüística Aplicada).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 26.
Centro: Facultad de Informática.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 1005 – Lenguajes, Sistemas Informáticos e Ingeniería del Software.
Área de conocimiento: 570 – Lenjuajes y Sistemas Informáticos.
Perfil docente: Ingeniería del Software I e Ingeniería del Software II.
Perfil investigador: Código UNESCO 1203 (Ciencia de los Ordenadores).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 27.
Centro: Facultad de Informática.
Cuerpo: Profesores Titular de Universidad.
Departamento: 1015 – Inteligencia Artificial.
Área de conocimiento: 075 – Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial.
Perfil docente: Inteligencia Artificial. Modelos de Razonamiento. Ontologías y La Web Semántica.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 1203 (Ciencia de los Ordenadores).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 28.
Centro: Facultad de Informática.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 1015 Inteligencia Artificial.
Área de conocimiento: 265 – Estadística e Investigación Operativa.
Perfil docente: Investigación Operativa. Métodos de Simulación. Probabilidades y Estadística II. Optimización Multiobjetivo Basada en Metaheurísticas.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 1207 (Investigación Operativa) y 1209 (Estadística).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 29.
Centro: E.U.I.T. Agrícola.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 205 – Biología Vegetal.
Área de conocimiento: 412 – Fisiología Vegetal.
Perfil docente: Biología.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 2417 (Biología Vegetal) y 3103 (Agronomía).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 30.
Centro: E.U.I.T Agrícola.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 205 – Biología Vegetal.
Área de conocimiento: 705 – Producción Vegetal.
Perfil docente: Biología y Micropropagación.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 2417 (Biología Vegetal) y 3103 (Agronomía).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 31.
Centro: E.U.I.T. Agrícola.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 5205 – Ciencia y Tecnología Aplicada a la Ingeniería Técnica Agrícola.
Área de conocimiento: 385 – Física Aplicada.
Perfil docente: Física. Física I. Física II.
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 32.
Centro: E.U.I.T. Industrial.
Cuerpo: Catedráticos de Universidad.
Departamento: 5625 – Química Industrial y Polímeros.
Área de conocimiento: 555 – Ingeniería Química.
Perfil docente: Análisis Instrumental y Especial.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3312 (Tecnología de Materiales) y 3303 (Ingeniería y Tecnología Química).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 33.
Centro: E.U.I.T. Telecomunicación.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 0910 – Electrónica Física.
Área de conocimiento: 785 – Tecnología Electrónica.
Perfil docente: Ensayos Para la Producción. Confiabilidad de Sistemas. Ingeniería Fotovoltaica.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3307 (Tecnología Electrónica) y 3322 (Tecnología Energética).
Dedicación: Completa.
Número de la plaza: 34.
Centro: E.U.I.T. de Telecomunicación.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.
Departamento: 5902 – Ingeniería e Circuitos y Sistemas.
Área de conocimiento: 800 – Teoría de la Señal y Comunicaciones.
Perfil docente: Análisis de Circuitos I. Análisis de Circuitos II. Sistemas Lineales.
Perfil investigador: Códigos UNESCO 3399 (Otras Especialidades Tecnológicas: Ingeniería de Sistemas Fotovoltaico) y 3322 (Tecnología Energética).
Dedicación: Completa.
ANEXO III
Plaza n.º: 1
Comisión titular:
1. Presidente: D. Alberto Campo Baeza, Catedrático de Universidad de la Universidad Politécnica