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Orden EDU/2565/2011, de 20 de septiembre, por la que a propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en ejecución de sentencia, se retrotraen
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Rango:
Boletín Oficial del Estado, núm. 232 de 27 de septiembre de 2011, páginas 101883 a 101884 (2 págs.)
Referencia: BOE-A-2011-15186
Por Orden de 7 de julio de 2011 de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 8 de agosto), se da cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recaída en el procedimiento ordinario número 194/06, seguido a instancias de don José Manuel Mallofret Jiménez, y se modifica la Orden de 10 de julio de 2006, por la que se declaran aptos en la fase de prácticas a los seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros, convocado por la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía por Orden de 22 de febrero de 2005.
Teniendo en cuenta que con anterioridad a que se dictara la citada sentencia don José Manuel Mallofret Jiménez, participó y superó el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 9 de marzo de 2009, habiendo sido nombrado funcionario de carrera del citado Cuerpo y especialidad, con efectos 1 de septiembre de 2010.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.
Retrotraer a 1 de septiembre de 2006, los efectos del nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros, de don José Manuel Mallofret Jiménez, por ser esta fecha de efectos de nombramiento de funcionario de carrera de los aspirantes que resultaron seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por la cita orden de 22 de febrero de 2005.
Segundo.
Considerar por tanto a don José Manuel Mallofret Jiménez, con Número de Registro de Personal 7780211602 A0597 y DNI 77802116, en la especialidad de Educación Física, con una puntuación total de 6,0420 puntos, ingresado en Cuerpo de Maestros con efectos del citado 1 de septiembre de 2006.
Tercero.
La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 20 de septiembre de 2011.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.