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Orden INT/2406/2011, de 30 de agosto, por la que se publican las listas definitivas de admitidos y excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo Su
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Rango:
Boletín Oficial del Estado, núm. 219 de 12 de septiembre de 2011, páginas 96880 a 96881 (2 págs.)
Referencia: BOE-A-2011-14598
Por Orden INT/2063/2011, de 12 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio), se hicieron públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas de ingreso, mediante el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y Psicólogos, convocadas por Orden INT/1418/2011, de 9 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 31 de mayo).
De acuerdo con lo dispuesto en el punto decimotercero (Admisión de aspirantes) de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre), expirado el plazo de diez días hábiles para poder subsanar el defecto que en su día motivó la exclusión u omisión en las listas provisionales, se acuerda aprobar los listados definitivos de admitidos y excluidos de las pruebas de referencia, que serán expuestos en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, en la Secretaria de Estado para la Función Pública y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, y en las páginas Web del Ministerio del Interior (www.mir.es) y de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (www.institucionpenitenciaria.es).
Los listados de aspirantes que han quedado definitivamente excluidos y las causas de exclusión son los que se publican como anexos a esta Orden.
Frente a los actos de exclusión definitivos dictados por la autoridad convocante, podrán los aspirantes interponer potestativamente recurso de reposición ante esta autoridad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución, conforme lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo, o ser impugnada directamente ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, pudiendo interponerse en este caso recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución, conforme a lo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 30 de agosto de 2011.–El Ministro del Interior. P. D. (Orden INT/50/2010, de 12 de enero), el Director General de Gestión de Recursos de Instituciones Penitenciarias, Antonio Puig Renau.
ANEXO III
Lista de excluidos
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias-Especialidad Psicólogos
N.º orden | Instancia | Apellidos y nombre | DNI | F. Nacim. | Minusvalía | Exclusiones |
---|---|---|---|---|---|---|
1 | 343 | ABOLLADO WEWER, SUSANA | 05273954 | 13/09/1968 | 0 | 2 |
2 | 337 | ESTRELLA TELLO, LOURDES | 26742329 | 11/12/1985 | 0 | 7 |
3 | 338 | GUIMAREY MINAYA, ELIZABETH | 07115470 | 12/12/1966 | 0 | 4 |
4 | 345 | PEREZ JIMENEZ, M. YSABEL | 08939094 | 05/01/1981 | 0 | 4 |
5 | 339 | PEREZ VILLAR, ADOLFO DAVID | 36176800 | 15/04/1983 | 60 | 2 |
ANEXO IV
Causas de exclusión
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias-Especialidades de Juristas y Psicólogos
1. Instancia fuera de plazo.
2. Falta de pago de las tasas de los derechos de examen y/o falta justificación exención tasas.
3. Falta certificado de demanda de empleo, o certificado incompleto.
4. No poseer nacionalidad española y/o estados miembros de la Unión Europea.
5. Inexactitud o falta declaración jurada de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
6. Falta certificado de no haber rechazado ofertas de empleo adecuada, ni que se haya negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversiones profesionales.
7. Falta antigüedad requerida en INEM.
8. Falta Justificación familia numerosa y/o sin compulsar.
9. Documentación incompleta de acreditación de nacionalidad española.
10 Edad insuficiente/omisión fecha nacimiento.