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Orden TIN/2335/2011, de 29 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Rango:
Boletín Oficial del Estado, núm. 210 de 1 de septiembre de 2011, páginas 95176 a 95219 (44 págs.)
Referencia: BOE-A-2011-14288
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 264/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2011, y lo dispuesto en el apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, su acuerdo complementario número 1 y la cláusula quinta del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Departament de Treball de la Generalitat de Cataluña, en materia de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Cataluña, de 5 de marzo de 2010, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), modificada por Orden PRE/2061/2009, de 23 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de julio).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará en la página web www.060.es, en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.mtin.es/itss, y en la página web del Departament de Empresa i Ocupació de la Generalitat de Cataluña www.gencat.cat/empresaiocupacio.
1. Descripción de las plazas
1.1.A) Se convocan pruebas selectivas para cubrir un total de 26 plazas del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Código A1502, por el sistema general de acceso libre, de las cuales 20 son las comprendidas en el anexo I del Real Decreto 264/2011, de 28 de febrero por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2011, y 6 se convocan a petición del Departament de Empresa i Ocupació de la Generalitat de Cataluña en base a lo establecido en el apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y sus normas de desarrollo, y cuyo destino será en la Generalitat de Cataluña en puestos de su Relación de Puestos de Trabajo.
Del total de las 26 plazas antes señaladas, se reservará 1 plaza para quien tenga la condición legal de persona con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, correspondiendo esta plaza a las comprendidas en el anexo I del Real Decreto 264/2011, de 28 de febrero por el que se aprueba la oferta de empleo público.
Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad, el aspirante con discapacidad que haya superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrá optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
La plaza no cubierta en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumulará a las de acceso general.
De conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que reflejarán sus necesidades específicas.
1.1.B) Se convocan, también, pruebas selectivas para cubrir un total de coho plazas del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, código A1502, por el sistema de promoción interna, como se establece en el anexo II del Real Decreto 264/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del mismo.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 15 de abril), se consideran independientes ambos sistemas de selección por lo que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna que, en su caso, quedaran vacantes, no podrán acumularse a las del sistema de acceso libre.
1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se desarrollará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo de carácter eminentemente práctico. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a estas convocatorias.
4. Titulación
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Nacionalidad
Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001 de 18 de mayo.
6. Requisitos específicos acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, deberán cumplir además:
Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpo o Escala del Subgrupo A 2 o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A 2, o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
7. Solicitudes
7.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en la página web www.060.es y en la página web de la Inspección de Trabajo e Inmigración www.mtin.es/itss y en la página web del Departament de Empresa y Ocupació de la Generalitat de Cataluña www.gencat.cat/empresaiocupacio, donde también estará disponible en lengua catalana.
7.2 La presentación de solicitudes se podrá realizar por cualquiera de los siguientes medios:
a) En el Registro General del Ministerio de Trabajo e Inmigración, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, así como en los Registros del Departament de Empresa y Ocupació de la Generalitat de Cataluña y de sus servicios territoriales, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
b) En los registros electrónicos del Ministerio de Trabajo e Inmigración y del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública «Inscripción en procesos selectivos» en las direcciones web de Internet http: //www.mtin.es/es/sede_electronica_menu/index.htm, www.mpr.es o en el Portal del ciudadano www.060.es
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.
En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra a) de este apartado.
7.3 Pago de la tasa de derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
7.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en un plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación simultánea de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo e Inmigración. En el caso de que la publicación no fuese simultánea, los plazos se computarán a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
7.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
8. Tribunal
8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo, que adecuará su composición y funcionamiento a lo establecido en los artículos. 55 y 60 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, es el que figura como anexo III a esta convocatoria. Cuatro miembros del Tribunal serán nombrados a propuesta de las Comunidades Autónomas.
8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
8.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, calle Rafael Alberti, 18, Madrid 28071, teléfonos (91) 363.28.00, dirección de correo electrónico: inspectoresescuela@mtin.es, Con efectos meramente informativos y, sin ningún efecto jurídico, se podrán hacer llegar las comunicaciones vía SMS y RSS.
9. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra U según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Función Pública, de 24 de enero de 2011 («Boletín Oficial del Estado» de 27 de enero de 2011). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra U el orden de actuación se iniciara por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra V y así sucesivamente.
10. Certificaciones
La Dirección de la Escuela de la Inspección certificará la calificación obtenida en la misma.
11. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Trabajo e Inmigración en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 29 de julio de 2011.–El Ministro de Trabajo e Inmigración, P. D. (Orden/TIN/1965/2009, de 17 de julio), el Subsecretario de Trabajo e Inmigración, José María de Luxán Meléndez.
ANEXO I
Descripción del Proceso Selectivo
A. Proceso selectivo general para el ingreso por el sistema de acceso libre
Fase de oposición
1. Disposiciones generales:
La fase de oposición constará de cuatro ejercicios, todos ellos eliminatorios, que se celebrarán en Madrid, a excepción del primer ejercicio que se celebrará simultáneamente en Madrid y en Barcelona y que se describen a continuación:
2. Ejercicios:
Primer ejercicio: Este ejercicio de carácter eliminatorio consistirá en el desarrollo por escrito durante un plazo máximo de cinco horas de tres temas, correspondiendo cada uno, a uno de los siguientes bloques según temario que figura en el anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Primer ejercicio de estas convocatorias:
a) Dos temas correspondientes al bloque primero obligatorio: Organización político administrativa y regulación jurídica básica, (Organización de las Administraciones Públicas, Derecho Comunitario y Administrativo), común a todos los aspirantes. Se desarrollarán obligatoriamente, dos temas de este bloque, a cuyos efectos se extraerán dos bolas al azar.
b) Un tema correspondiente al bloque segundo: Parte optativa con dos opciones. En el momento de la realización del examen los aspirantes elegirán una de las dos opciones. De cada una de estas opciones, se extraerán dos bolas al azar, siendo elegida una para su desarrollo por cada aspirante.
Opción 1: Derecho Civil; Derecho Mercantil, Derecho Penal Derecho Tributario y Economía y Contabilidad.
Opción 2: Prevención de Riesgos Laborales.
Cada aspirante entregará el ejercicio, siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante.
No habrá lectura pública posterior de este ejercicio.
En esta prueba se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita.
Segundo ejercicio:
Este ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en la exposición oral, en el término de cincuenta minutos, de cuatro temas sacados a la suerte, de los siguientes grupos del temario que figura en el anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Segundo ejercicio de estas convocatorias. El aspirante, con anterioridad al inicio de la exposición oral, dispondrá de un tiempo máximo de diez minutos para la preparación del ejercicio, contando para ello únicamente con el programa de la presente convocatoria, que el tribunal pondrá a su disposición.
Un tema de Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas. Derecho Sindical.
Un tema de Seguridad Social.
Un tema de Prevención de Riesgos Laborales.
Un tema de Inspección de Trabajo y Procedimiento.
La exposición de los temas se efectuará respetando el orden de su extracción.
Tras finalizar la exposición oral, el Tribunal podrá efectuar preguntas, al opositor, sobre los temas expuestos, durante un tiempo máximo de diez minutos.
En este ejercicio se valorará la extensión y profundidad de los conocimientos, la claridad y orden en la exposición y la capacidad de comunicación oral.
Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba, por estimar su actuación notoriamente insuficiente.
Tercer ejercicio:
Este ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en la emisión de un informe o resolución por escrito, durante un plazo máximo de cuatro horas de diversas cuestiones o planteamientos basados en distintos supuestos de inspección, a las que el aspirante deberá dar cumplida respuesta y relacionados con las materias del programa correspondientes al anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Segundo ejercicio de estas convocatorias.
En este ejercicio se valorarán los conocimientos, la capacidad de análisis técnico y jurídico y el adecuado conocimiento de la normativa social de los aspirantes para la elaboración de una propuesta razonada y fundamentada, así como la sistemática y claridad de exposición escrita.
Cuarto ejercicio:
Con carácter obligatorio y eliminatorio se realizará un examen de idioma que constará de dos partes a celebrar en una única sesión.
Una primera parte escrita, con una duración de una hora y media, sobre conocimiento de idiomas.
Esta prueba consistirá en la traducción escrita directa sin diccionario durante el plazo de una hora y media, de un texto propuesto por el Tribunal.
Finalizada la realización de la prueba del idioma obligatorio se realizarán las pruebas escritas de los idiomas optativos para los opositores que hubiesen optado por la realización de más de uno.
Una segunda parte oral consistente en la lectura de un texto propuesto por el Tribunal en el idioma elegido por el aspirante. Realizada la lectura el Tribunal efectuará preguntas al opositor en castellano para comprobar la comprensión del texto leído.
Finalizada esta segunda parte correspondiente al idioma obligatorio se realizarán las pruebas orales de los idiomas optativos para los opositores que hubiesen optado por la realización de más de uno.
El aspirante deberá indicar en la solicitud el idioma elegido; si optase por más de uno, deberá figurar en primer lugar el idioma por el que se opta con carácter principal.
3. Evaluación:
Los ejercicios se calificarán de la forma siguiente:
El primer ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Para superarlo será necesario obtener un mínimo de 30 puntos, y un mínimo de 10 puntos en cada uno de los temas desarrollados.
El segundo ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Para superarlo será necesario obtener un mínimo de 30 puntos.
El tercer ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Para superarlo será necesario obtener un mínimo de 30 puntos.
En el cuarto ejercicio, correspondiente a los idiomas, se valorará, el idioma elegido como principal, con un máximo de 12 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 6 puntos para aprobar; superado este idioma, el resto de los idiomas de los que se examine el aspirante podrán permitir incrementar la puntuación hasta un máximo de otros 8 puntos (cuatro como máximo por cada idioma no principal), por lo que la valoración total de este ejercicio no podrá superar los 20 puntos. Los idiomas serán exclusivamente el francés, el inglés o el alemán.
La puntuación final de la fase oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones totales obtenidas en cada uno de los ejercicios. En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio.
2. Caso de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
3. Así sucesivamente con el primero y cuarto ejercicio.
4. Conservación de nota de la convocatoria anterior.
Estarán exentos de la realización del primer ejercicio previsto en esta convocatoria aquellos aspirantes admitidos que hubiesen obtenido en la convocatoria anterior (Orden TIN/2217/2010, de 2 de agosto, BOE del 12) una calificación de al menos el 60% de la puntuación máxima en el primer ejercicio de dicha fase de oposición y no hubiesen superado el proceso selectivo, conforme a lo dispuesto en el punto 4, del anexo I, apartado A, fase de oposición, de dicha convocatoria.
Curso selectivo
Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de la fase oposición, una vez nombrados por la autoridad convocante funcionarios en prácticas, deberán realizar y superar un curso selectivo con el siguiente contenido:
A) La primera parte, que se organizará por la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tendrá una duración máxima de 480 horas lectivas distribuidas en un máximo de seis meses.
En virtud del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya en materia de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Cataluña, de fecha 5 de marzo de 2010, y de su cláusula quinta «sin perjuicio del carácter único de los procesos de selección, un 20% de los créditos horarios de la formación para el acceso al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social se llevará a cabo en Cataluña en colaboración con los órganos competentes de esa Comunidad».
La Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social impartirá los conocimientos y desarrollará la capacidad analítica de los aspirantes mediante el análisis de casos sobre las siguientes áreas:
1. Economía y Contabilidad.
2. Inspección y Procedimiento, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral.
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
4. Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho Sindical. Empleo y Trabajo de Extranjeros. Igualdad y Violencia de Género.
5. Seguridad Social.
6. Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Mercantil, Derecho Fiscal y Derecho Penal.
Asimismo se impartirán conocimientos sobre las siguientes áreas:
Técnicas de Negociación y Mediación.
Técnicas de Investigación.
Gestión del Tiempo.
Técnicas de comunicación.
Los alumnos realizarán las pruebas que determine la Dirección de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el objeto de acreditar su suficiencia en las distintas áreas del plan de estudios.
La Dirección de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social elevará periódicamente al Tribunal las propuestas de evaluaciones de esas pruebas, efectuadas por los profesores en su calidad de asesores especialistas de éste conforme al artículo 13 del Real Decreto 364/1995, para la calificación definitiva por el Tribunal.
Los alumnos cuyas calificaciones no superen el 50% de alguna de las áreas, podrán realizar en un plazo máximo de un mes desde la comunicación de la calificación una nueva prueba sobre las áreas no superadas, computando como nota definitiva del área la más alta de las dos obtenidas, no pudiendo superar, en ningún caso, la calificación a tener en cuenta el 50% como máximo.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho de ser nombrado funcionario de carrera.
Las evaluaciones de estas pruebas desarrolladas en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, elevadas al Tribunal, se calificarán de 0 a 160 puntos por el total de los módulos, siendo necesarios para superarlas obtener un mínimo de 80 puntos y no haber obtenido en ningún área una puntuación inferior al 40% de la máxima.
Las áreas se valorarán del siguiente modo:
1. Economía y contabilidad: de 0 a 10 puntos.
2. Inspección y Procedimientos de actuación y negociación, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral: de 0 a 30 puntos.
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo, Ergonomía y Psicosociología Aplicada: De 0 a 35 puntos.
4. Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho Sindical. Empleo y Trabajo de Extranjeros. Igualdad y Violencia de Género: De 0 a 35 puntos.
5. Seguridad Social. De 0 a 35 puntos.
6. Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Mercantil, Derecho Fiscal y Derecho Penal: De 0 a 10 puntos.
7. Técnicas de Negociación y Mediación; Técnicas de Investigación; Gestión del Tiempo; Técnicas de comunicación: De 0 a 5 puntos.
Los alumnos que no superen las pruebas desarrolladas en la Escuela de la Inspección perderán la condición de funcionarios en prácticas, no pudiendo realizar la segunda parte del curso selectivo.
B) La segunda parte consistirá en la realización de un supuesto propuesto y calificado por el Tribunal, según criterios fijados conjuntamente con la Dirección de la Escuela de la Inspección, sobre temas y casos relacionados con el ejercicio de la actividad inspectora preparados en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Durante la realización de este supuesto, que tendrá una duración máxima de cinco horas, los alumnos podrán utilizar los materiales en soporte de papel o informático que les facilitará el Tribunal.
El ejercicio será leído en sesión pública posterior ante el Tribunal, cuyos miembros podrán dialogar con el aspirante durante un período máximo de quince minutos.
El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados al desarrollo del supuesto y la capacidad de relacionar los mismos.
Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 20 puntos.
Quienes no pudiesen realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, debiendo realizarlo en la primera ocasión que dicho curso tenga lugar, una vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial, intercalándose en el lugar correspondiente según la puntuación obtenida.
Calificación final del proceso selectivo.
1. La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo. En caso de empate el orden de prelación en el proceso selectivo se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la primera parte del curso selectivo. En caso de que persista la igualdad, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2. No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.
3. Conservación de calificaciones. Quienes hubiesen superado la fase de oposición y no hubiesen superado el curso selectivo, quedarán exentos de realizar la fase de oposición en la convocatoria siguiente, conservando las calificaciones obtenidas, siempre que en la misma se contengan unos ejercicios de similares características.
Quienes aprobada la fase de oposición hubieran superado la primera parte del curso selectivo y suspendieran la segunda parte podrán optar por examinarse directamente de ésta en la siguiente convocatoria o incorporarse a la Escuela para la realización de la totalidad del curso selectivo. En ambos casos, se perderá la condición de funcionario en prácticas.
Período de prácticas
Los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo realizarán un período de prácticas en sus Comunidades Autónomas y provincia de residencia.
B. Proceso selectivo para el ingreso por el sistema de promoción interna.
1. Disposiciones generales.
El proceso selectivo para ingresar en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, por el sistema de promoción interna, constará de tres partes:
A) Fase de oposición.
B) Fase de concurso.
C) Fase de curso selectivo.
A) Fase de oposición.
La fase de la oposición constará de cuatro ejercicios, todos ellos eliminatorios, y el mismo sistema de examen y calificación previstos, en este anexo I, para el ingreso por el sistema de acceso libre. Los exámenes se celebrarán en Madrid, a excepción del primer ejercicio que se celebrará simultáneamente en Madrid y en Barcelona.
No obstante, se aplicarán las siguientes normas específicas a los aspirantes que accedan por el sistema de promoción interna:
1. El cuarto ejercicio de idiomas será el previsto para el turno libre, y tendrá el carácter de obligatorio y eliminatorio, para todos los aspirantes del sistema de promoción interna (letras E, G, H, P y S del anexo IV, recuadro 17), siendo su valoración la misma que la señalada para el acceso libre.
2. Aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social (letra E):
La fase de oposición de los aspirantes de promoción interna que accedan por la letra E, constará de cuatro ejercicios, en este caso, se celebrarán todos en Madrid.
En el primer ejercicio, se examinarán según temario específico contenido en el anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso por el sistema de promoción interna de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social. Primer y segundo ejercicios de estas convocatorias.
Este ejercicio consistirá en la exposición oral, en el término de veinticinco minutos, de dos temas, de entre los cuatro sacados a la suerte, dos por bloque, de los siguientes grupos del temario que figuran en el citado Anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso por el sistema de promoción interna de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social. Primer y Segundo ejercicios de estas convocatorias. El aspirante, con anterioridad al inicio de la exposición oral, dispondrá de un tiempo máximo de cinco minutos para la preparación del ejercicio, contando para ello únicamente con el programa de la presente convocatoria, que el tribunal pondrá a su disposición.
Un tema de Derecho del Trabajo. Relaciones Laborales Individuales y Colectivas. Derecho Sindical.
Un tema de Seguridad Social.
En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.
Tras finalizar la exposición, el Tribunal podrá efectuar preguntas, al opositor, sobre los temas expuestos, durante un tiempo máximo de diez minutos.
Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba, por estimar su actuación notoriamente insuficiente.
El segundo ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito, en un plazo máximo de cuatro horas, de dos temas, de entre los cuatro sacados a la suerte, dos por bloque, de los siguientes grupos del temario que figura en el citado anexo II. Programa de Proceso selectivo para ingreso por el Sistema de promoción interna de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social. Primer y Segundo ejercicios de estas convocatorias:
Un tema de Prevención de Riesgos Laborales, a elegir entre dos sacados a la suerte.
Un tema de Inspección de Trabajo y Procedimiento, a elegir entre dos sacados a la suerte.
Cada aspirante entregará el ejercicio, siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura pública posterior de este ejercicio.
En esta prueba se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.
El tercer ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en la emisión de un informe o resolución por escrito, durante un plazo máximo de cuatro horas de diversas cuestiones o planteamientos basados en distintos supuestos de inspección a las que el aspirante deberá dar cumplida respuesta y relacionados con las materias del programa correspondientes al anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Primer y Segundo ejercicios de estas convocatorias.
En este ejercicio se valorarán los conocimientos, la capacidad de análisis técnico y jurídico y el adecuado conocimiento de la normativa social de los aspirantes para la elaboración de una propuesta razonada y fundamentada, así como la sistemática y claridad de exposición escrita.
Cada aspirante entregará el ejercicio, siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura pública posterior de este ejercicio.
3. Para los aspirantes que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad (letra S):
En el primer ejercicio, se excluirán todos los bloques de temas que figuran en el Anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso por el sistema de acceso libre. Primer ejercicio, de estas convocatorias, excepto el bloque de «Derecho Penal» (temas 14 al 17 inclusive), que constituirá la única materia objeto de examen.
Este ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito, en un plazo máximo de dos horas, de un tema, sacado a la suerte, del citado bloque.
Cada aspirante entregará el ejercicio, siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura pública posterior de este ejercicio.
En esta prueba se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.
En el segundo y tercer ejercicio, se excluirán los siguientes temas, que figuran en el anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso por el sistema de acceso libre. Segundo ejercicio, de estas convocatorias, correspondientes al bloque de «Seguridad Social» 55-57-58-69-70-71-72-73-74-76-86-87-88.
4. Para los aspirantes que pertenezcan a la Escala de Titulados Medios del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (letra H):
En el primer ejercicio, de los temas que figuran en el Anexo II. Programa del Proceso Selectivo para el ingreso por el sistema de acceso libre, se excluirán los siguientes: Derecho Constitucional Español y Unión Europea: 2-4-5-8-9. Derecho Penal: 17. Derecho Administrativo: 25-26-27-29. De la parte optativa Prevención de Riesgos Laborales, se excluirán los siguientes temas: 38-39-40-41-42-43-44-45-46-47-49-50-51-59-61-64.
Este ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito, en un plazo máximo de cuatro horas, de dos temas, sacados a la suerte, uno por bloque.
a) Un tema correspondiente al bloque primero obligatorio: Organización político administrativa y regulación jurídica básica, (Organización de las Administraciones Públicas, Derecho Comunitario y Administrativo), común a todos los aspirantes. Se escribirá obligatoriamente, un tema de este bloque, a cuyos efectos se extraerá una bola al azar.
b) Un tema correspondiente al bloque segundo: Parte optativa con dos opciones. En el momento de la realización del examen los aspirantes elegirán una de las dos opciones. De cada una de estas opciones, se extraerán dos bolas al azar, siendo elegida una para su desarrollo por cada aspirante.
Cada aspirante entregará el ejercicio, siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura posterior de este ejercicio.
En esta prueba se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.
En el segundo y tercer ejercicio, se excluirán los siguientes temas, que figuran en el Anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso por el sistema de acceso libre. Segundo ejercicio, de estas convocatorias, correspondientes al bloque de Prevención de Riesgos Laborales: 92-93-100-102-104-105-106-108-109-110-113-114-117-118.
5. Para los aspirantes que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, al Cuerpo de Gestión del INEM, así como aquellos otros que perteneciendo a otro Cuerpo hubieran ingresado mediante convocatoria unitaria con aquél (letra G):
En el primer ejercicio, se excluirán los bloques de temas, que figuran en el anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso por el sistema de acceso libre. Primer ejercicio, de estas convocatorias de: Derecho Constitucional Español. Unión Europea (temas 1 a 10 inclusive); Derecho Administrativo (temas 18 a 29 inclusive).
Este ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito, en un plazo máximo de cuatro horas, de dos temas, sacados a la suerte, uno por bloque.
a) Un tema correspondiente al bloque primero obligatorio: Organización político administrativa y regulación jurídica básica (Organización de las Administraciones Públicas, Derecho Comunitario y Administrativo), común a todos los aspirantes. Se escribirá obligatoriamente, un tema de este bloque, a cuyos efectos se extraerá una bola al azar.
b) Un tema correspondiente al bloque segundo: Parte optativa con dos opciones. En el momento de la realización del examen los aspirantes elegirán una de las dos opciones. De cada una de estas opciones, se extraerán dos bolas al azar, siendo elegida una para su desarrollo por cada aspirante.
Cada aspirante entregará el ejercicio, siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura posterior de este ejercicio.
En esta prueba se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.
6. Todos los aspirantes a las plazas de promoción interna que no pertenezcan a los Cuerpos anteriores (letra P), se examinarán según temario que figura en el anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso por el sistema de acceso libre y con el mismo sistema de exámenes.
B) Fase de concurso.
La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los siguientes méritos:
Antigüedad: La antigüedad del funcionario de Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta Resolución; asignándose por cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,10 puntos, hasta un máximo de tres.
Grado personal consolidado: Se otorgará la siguiente puntuación según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, el día de publicación de estas convocatorias en el «Boletín Oficial del Estado»:
Hasta el grado 18: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 puntos, hasta un máximo de 6.
Trabajo desarrollado: Se otorgará la siguiente puntuación según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de la publicación de estas convocatorias:
Hasta el nivel 18: 3 puntos.
Por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0,5, hasta un máximo de 6.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
Cursos de formación: Los cursos de formación acreditados por el funcionario que estén relacionados con las funciones propias del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, se valorarán, en función del grado de conexión con dichas funciones de 0,25 a 0,50.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado será de cinco puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta Orden.
La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá a los aspirantes que superen la misma.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
C) Curso selectivo.
Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de la fase oposición, deberán realizar y superar un curso selectivo que se adaptará en cuanto a las áreas a impartir y a las horas lectivas, en base a los conocimientos, habilidades y destrezas de los cuerpos a que pertenezcan según los programas contenidos en el anexo II, teniendo el siguiente contenido:
A) Primera parte que se organizará por la Escuela de la Inspección de Trabajo teniendo las particularidades que se indican a continuación según el cuerpo al que pertenezca cada aspirante.
En virtud del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya en materia de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Cataluña, de fecha 5 de marzo de 2010, y de su cláusula quinta «sin perjuicio del carácter único de los procesos de selección, un 20% de los créditos horarios de la formación para el acceso al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social se llevará a cabo en Cataluña en colaboración con los órganos competentes de esta Comunidad».
I. Para los aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social (letra E), tendrá una duración máxima de 300 horas lectivas distribuidas en un máximo de tres meses. En el mismo la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social impartirá los conocimientos y desarrollará la capacidad analítica de los aspirantes mediante el análisis de casos sobre las siguientes áreas:
1. Economía y contabilidad.
2. Inspección y Procedimiento, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
4. Derecho del Trabajo. Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho Sindical. Igualdad y Violencia de Género.
5. Derecho Civil, Derecho Fiscal y Derecho Penal.
Asimismo se impartirán conocimientos sobre las siguientes áreas:
Técnicas de negociación y mediación.
Inteligencia emocional.
Gestión del tiempo.
Técnicas de comunicación.
Los alumnos realizarán las pruebas que determine la Dirección de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el objeto de acreditar su suficiencia en las distintas áreas del plan de estudios.
La Dirección de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social elevará periódicamente al Tribunal las propuestas de evaluaciones de esas pruebas, efectuadas por los profesores en su calidad de asesores especialistas de éste conforme al artículo 13 del Real Decreto 364/1995, para la calificación definitiva por el Tribunal.
Los alumnos cuyas calificaciones no superen el 50% de alguna de las áreas, podrán realizar en un plazo máximo de un mes desde la comunicación de la calificación una nueva prueba sobre las áreas no superadas, computando como nota definitiva del área la más alta de las dos.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho de ser nombrado funcionario de carrera.
Las evaluaciones de estas pruebas desarrolladas en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, elevadas al Tribunal, se calificarán de 0 a 160 puntos por el total de los módulos, siendo necesarios para superarlas obtener un mínimo de 80 puntos y no haber obtenido en ningún área una puntuación inferior al 40% de la máxima.
Las áreas se valorarán del siguiente modo.
1. Economía y contabilidad: de 0 a 15 puntos
2. Inspección y Procedimientos de actuación y negociación, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral: de 0 a 40 puntos.
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo, Ergonomía y Psicosociología Aplicada: de 0 a 40 puntos.
4. Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho Sindical. Técnicas de Negociación y Mediación. Igualdad y Violencia de Género: de 0 a 40 puntos.
5. Derecho Civil, Derecho Fiscal y Derecho Penal: de 0 a 15 puntos.
6. Técnicas de Negociación y Mediación; Técnicas de Investigación; Gestión del Tiempo; Técnicas de comunicación: de 0 a 10 puntos.
Los alumnos que no superen las pruebas desarrolladas en la Escuela de la Inspección perderán la condición de funcionarios en prácticas, no pudiendo realizar la segunda parte del curso selectivo.
II. Para los aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad Auditoría y Contabilidad (letra S), tendrá una duración máxima de 400 horas lectivas distribuidas en un máximo de 5 meses. En el mismo la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social impartirá los conocimientos y desarrollará la capacidad analítica de los aspirantes mediante el análisis de casos sobre las siguientes áreas:
1. Inspección y Procedimiento, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral.
2. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
3. Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho Sindical. Empleo y Extranjeros. Igualdad y Violencia de Género.
4. Seguridad Social.
5. Derecho Civil y Derecho Penal.
Asimismo se impartirán conocimientos sobre las siguientes áreas:
Técnicas de negociación y mediación.
Técnicas de investigación.
Gestión del tiempo.
Técnicas de comunicación.
Los alumnos realizarán las pruebas que determine la Dirección de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el objeto de acreditar su suficiencia en las distintas áreas del plan de estudios.
La Dirección de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social elevará periódicamente al Tribunal las propuestas de evaluaciones de esas pruebas, efectuadas por los profesores en su calidad de asesores especialistas de éste conforme al artículo 13 del Real Decreto 364/1995, para la calificación definitiva por el Tribunal.
Los alumnos cuyas calificaciones no superen el 50% de alguna de las áreas, podrán realizar en un plazo máximo de un mes desde la comunicación de la calificación una nueva prueba sobre las áreas no superadas, computando como nota definitiva del área la más alta de las dos, no pudiendo superar, en ningún caso, la calificación a tener en cuenta el 50% como máximo.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho de ser nombrado funcionario de carrera.
Las evaluaciones de estas pruebas desarrolladas en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, elevadas al Tribunal, se calificarán de 0 a 160 puntos por el total de los módulos, siendo necesarios para superarlas obtener un mínimo de 80 puntos y no haber obtenido en ningún área una puntuación inferior al 40% de la máxima.
Las áreas se valorarán del siguiente modo.
1. Inspección y Procedimientos de actuación y negociación, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral: de 0 a 30 puntos.
2. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo, Ergonomía y Psicosociología Aplicada: de 0 a 40 puntos.
3. Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho Sindical. Empleo y Extranjeros. Igualdad y Violencia de Género: de 0 a 40 puntos.
4. Seguridad Social: de 0 a 30 puntos.
5. Derecho Civil y Derecho Penal: de 0 a 10 puntos.
6. Técnicas de Negociación y Mediación; Técnicas de Investigación; Gestión del Tiempo; Técnicas de comunicación: de 0 a 10 puntos.
Los alumnos que no superen las pruebas desarrolladas en la Escuela de la Inspección perderán la condición de funcionarios en prácticas, no pudiendo realizar la segunda parte del curso selectivo.
III. Para los aspirantes que pertenezcan a la Escala de Titulados Medios del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (letra H) tendrá una duración máxima de 420 horas lectivas distribuidas en un máximo de 6 meses. En el mismo la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social impartirá los conocimientos y desarrollará la capacidad analítica de los aspirantes mediante el análisis de casos sobre las siguientes áreas:
1. Economía y Contabilidad.
2. Inspección y Procedimiento, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral.
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
4. Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho Sindical. Empleo y Extranjeros. Igualdad y Violencia de Género.
5. Seguridad Social.
6. Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Mercantil, Derecho Fiscal y Derecho Penal.
Asimismo se impartirán conocimientos sobre las siguientes áreas:
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